• Todos los límites de eventos serán reestablecidos a los 12 meses desde la contratación de los servicios por el Titular
• La cotización de cada servicio efectuado se descontará de las sumas de montos máximos individuales por tipo de dispositivo y de los montos máximos combinados para reparación o cobertura por daño según sea el caso
• Se aplicará un pago compensatorio: aplicable únicamente a los servicios de reparación de fallas y cobertura de daños en los supuestos de:
(i) imposibilidad de la reparación por destrucción total del bien o por falta de repuestos necesarios.
(ii) cuando la cotización de reparación supere los límites individuales y el combinado dispuestos.
• En tales casos, se abonará al Titular el saldo correspondiente al “Monto Individual Anual”, siempre que no supere el máximo disponible del “Monto Combinado Total”
Para la cobertura de daños accidentales, se descontará un deducible de la indemnización correspondiente al 30% del monto total de reparación.
• No se cubren equipos que aún se encuentren con cobertura o garantía del fabricante, proveedor o vendedor. O Cuya responsabilidad legal de reparación o mantenimiento recaigan sobre éstos
• Daños causados directa o indirectamente por sismo, terremotos, tsunamis, desbordes de ríos o represas, incendios, o agravados por estos eventos, u otros casos fortuitos o de fuerza mayor.
• La falta de pago en tiempo y fecha provocará la cancelación automática del Servicio.