Centro de Privacidad

Informe de Transparencia

Informe de transparencia

Movistar Chile tiene un fuerte compromiso con los derechos fundamentales de privacidad y libertad de expresión, es así como cada año publica el Informe de Transparencia de las Comunicaciones con el objetivo de contribuir a generar una sociedad más abierta y transparente.

Este Informe de Transparencia de las Comunicaciones 2021 muestra el modelo de gobernanza de la Compañía en materia de derechos humanos y específicamente en la privacidad y libertad de expresión, así como la debida diligencia que se hace de éstos. En este documento damos a conocer las diferentes solicitudes que se reciben por parte de Autoridades competentes, el marco legal que reglamenta estos procesos y los indicadores que nos permiten obtener una representación fiel del rol que ejerce nuestra Compañía dentro del sistema legal y judicial. A continuación, reproducimos el Informe de Transparencia en las Comunicaciones 2021.

Acerca de Movistar en Chile

El Grupo Telefónica en Chile es proveedor de servicios de telecomunicaciones (Banda Ancha, TV digital y Voz), y ha reorganizado su estructura societaria que culminó con el proceso de unificación de las marcas comerciales bajo el nombre de Movistar en octubre de 2009.

Telefónica Chile gestiona más de 10,7 millones de accesos a diciembre de 2021.

Respecto a las cifras financieras, los ingresos de Telefónica en Chile han alcanzado los 1.769 millones de euros y el OIBDA 920 millones de euros.

Interceptación Legal

Contexto legal
  • N°5 del art 19 Constitución Política. Inviolabilidad de las comunicaciones.
  • Código Procesal Penal: Artículos 9, 219, 222, 223 y 224
  • Ley 20.000. Tráfico y control de Estupefacientes
  • Ley 19.913 sobre Lavado de dinero
  • Ley 18.314 que determina consultas terroristas.
  • Decreto Ley 211, Artículo 39 letra n)
  • Ley 19.974. Ley Sistema Nacional de Inteligencia. Letras a), b), c) y d) de Artículo 24, en relación a los artículos 23 y 28 del mismo cuerpo legal
  • Código Procedimiento Penal. Artículos 177, 113 bis y 113 ter.
  • Decreto 142 de 2005 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento sobre interceptación y grabación de comunicaciones telefónicas y de otras formas de telecomunicación.
Autoridades Competentes
  • Persecutor Penal (Ministerio Público) en virtud de autorización judicial previa.
  • Agencias de Inteligencia del Estado, mediante el Sistema Nacional de Inteligencia con autorización de Ministro de Corte de Apelaciones.
  • Policías mediante autorización de Juez Instructor del Crimen (Procedimiento Penal Inquisitivo)
  • Fiscalía Nacional Económica, mediante autorización previa de Tribunal de Defensa de Libre Competencia, aprobada por Ministro de Corte de Apelaciones respectivo.
Solicitudes

Metadatos

Contexto Legal
  • N° 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República de Chile, en conformidad a lo dispuesto en el artículo Único de la Ley 21.096: la protección de sus datos personales. El tratamiento y protección de estos datos se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley.
  • El Código Procesal Penal: Los Artículos 219 y 222 del Código Procesal Penal, autorizan la entrega de información previa orden del Juez de Garantía, bajo apercibimiento de Desacato en caso de incumplimiento, es decir, bajo la advertencia de incurrir en desobediencia de una resolución judicial; ello de conformidad al Artículo 180 del mismo cuerpo legal y el Artículo 240 del Código Procedimiento Civil.
  • Procedimiento penal inquisitivo: Artículo 120 bis y 171 del Código de Procedimiento Penal.
Autoridades Competentes
  • Persecutor Penal Público: Ministerio Público. mediante Orden de Investigar sólo respecto de datos personales que no estén amparados por Garantías Constitucionales de Privacidad e Inviolabilidad de las Comunicaciones.
  • Policías con autorización del ministerio Público y orden de investigar.
  • Juez de Sumario en Procedimiento penal inquisitivo. (Código Procedimiento Penal)
  • Agencias de Inteligencia de Estado con autorización judicial previa.

Bloqueo y restricción de contenidos:

Contexto legal
  • Ley 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Artículo 85 Q, en relación a lo dispuesto en el Artículo 85 R letras a) y b) del mismo cuerpo legal.
  • Código de Procedimiento Civil: Medidas precautorias o cautelares innominadas.
  • Código Procesal Penal: Medidas precautorias o cautelares innominadas.
Autoridades Competentes
  • Tribunales ordinarios y especiales dependientes orgánicamente del Poder Judicial
  • Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema, que estén conociendo de un proceso contencioso.

Suspensiones geográficas o temporales de servicio

Contexto legal

No existen leyes en el marco regulatorio que permitan suspensiones geográficas o temporales del servicio.

Autoridades Competentes

No aplica.